Suspensión del Contrato Tras 545 días de Baja Médica
La suspensión del contrato tras 545 días de baja médica constituye una situación jurídica relevante que afecta directamente a la continuidad de la relación laboral. Cuando se alcanza el límite máximo previsto legalmente para la situación de Incapacidad Temporal (IT), el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) debe emitir una resolución que puede tener consecuencias significativas para el trabajador. En este artículo se analizan las implicaciones legales de dicha suspensión, así como los derechos que asisten al trabajador en esta circunstancia.
Marco normativo de la incapacidad temporal
La legislación española establece que la duración máxima de la incapacidad temporal es de 365 días, prorrogables por un periodo adicional de 180 días cuando se prevea la recuperación del trabajador en ese tiempo. Al alcanzar el día 545, el INSS debe adoptar una decisión conforme a lo dispuesto en el artículo 170 de la Ley General de la Seguridad Social.
¿Qué decisiones puede adoptar el INSS tras 545 días de baja?
Una vez superado el plazo máximo legal de incapacidad temporal, el INSS puede:
- Emitir un alta médica, considerando que el trabajador se encuentra en condiciones de reincorporarse a su puesto.
- Iniciar un expediente de incapacidad permanente, si se considera que persisten secuelas que limitan o impiden el ejercicio profesional.
- Denegar la incapacidad permanente y emitir alta médica por mejoría.
En cualquiera de estos casos, la empresa empleadora tiene la posibilidad de suspender el contrato de trabajo, de conformidad con lo previsto en el artículo 45.1.c) del Estatuto de los Trabajadores, hasta que exista una resolución definitiva o una reincorporación efectiva.
Suspensión del Contrato Tras 545 días de Baja Médica
La suspensión del contrato de trabajo implica la interrupción temporal de las obligaciones recíprocas entre empresa y trabajador:
- El trabajador no presta servicios, y la empresa no abona retribución.
- Se mantiene el vínculo laboral, pero se interrumpe la cotización a la Seguridad Social salvo excepciones.
Esta suspensión no constituye un despido, ni extingue la relación laboral, si bien puede ser el paso previo a decisiones más definitivas (como un despido objetivo por ineptitud sobrevenida en caso de declaración de incapacidad permanente).
Derechos del trabajador ante una resolución del INSS
El trabajador puede ejercer varias acciones en función de la resolución emitida:
- Impugnar el alta médica en el plazo de cuatro días hábiles, si considera que no está en condiciones de reincorporarse.
- Interponer reclamación previa y demanda judicial ante la denegación de la incapacidad permanente.
- Solicitar la revisión del grado de incapacidad, si surgen nuevas patologías o agravamiento.
Asimismo, si la empresa decidiera proceder al despido tras la suspensión del contrato, el trabajador podrá impugnar dicha decisión ante los tribunales, solicitando la declaración de improcedencia o nulidad.