
Renta 2025: novedades, plazos y deducciones del IRPF
La campaña de la Renta 2025 está en marcha y el plazo aprieta: la declaración debe presentarse antes del 30 de junio de 2026 (o del 25 de junio si sale a ingresar y domicilias el pago). Este año llegan varias novedades que conviene conocer para no pagar de más ni dejar de aplicar una deducción a la que tienes derecho. Te lo resumimos en esta guía práctica.
Plazos clave de la campaña
La Agencia Tributaria mantiene el calendario habitual para el IRPF 2025:
- 8 de abril – 30 de junio de 2026: presentación por internet (Renta Web y app).
- 6 de mayo – 30 de junio: confección por teléfono (plan «Le Llamamos»), con cita previa desde el 29 de abril.
- 1 de junio – 30 de junio: atención presencial en oficinas, con cita previa desde el 29 de mayo.
- 25 de junio de 2026: último día para las declaraciones a ingresar con domiciliación bancaria.
- 30 de junio de 2026: fin de la campaña. A partir de esa fecha, la presentación se considera fuera de plazo.
Si el resultado es a ingresar, puedes fraccionar el pago sin intereses: el 60 % al presentar la declaración y el 40 % restante en noviembre.
¿Estás obligado a declarar?
Con carácter general, deben presentar la declaración:
- Trabajadores por cuenta ajena: si han percibido más de 22.000 € de un solo pagador. Con varios pagadores, el límite baja a 15.876 € cuando lo percibido del segundo y siguientes supera 2.500 € (este umbral ha subido este año desde los 1.500 € anteriores).
- Autónomos: si han estado de alta en cualquier momento de 2025, están obligados con independencia de sus ingresos.
- Pensionistas: las pensiones tributan como rendimientos del trabajo.
Un punto que conviene revisar caso por caso: la obligación de declarar de quienes han percibido prestaciones del SEPE ha cambiado en los últimos ejercicios, así que si estás en esa situación verifica tu obligación concreta antes de dar por hecho que no tienes que presentarla.
Principales novedades del IRPF 2025
Más allá de los cambios habituales, estas son las novedades que pueden afectar a tu declaración:
- ‘Renta Directa’ se amplía. El servicio de presentación instantánea para declaraciones sencillas se extiende a nuevos colectivos, alcanzando a unos nueve millones de contribuyentes, el doble que el año pasado.
- Mayor reducción para rentas del trabajo bajas. Se refuerza el beneficio fiscal para rendimientos del trabajo reducidos: alrededor de 340 € para rendimientos íntegros inferiores a 16.576 €, que disminuye progresivamente hasta los 18.276 €.
- Umbral del segundo pagador. Sube de 1.500 a 2.500 € el importe del segundo y restantes pagadores a partir del cual se reduce el límite que obliga a declarar.
- Mejora en la deducción por donativos (artículo 19 de la Ley 49/2002), con porcentajes más favorables.
- Tramos autonómicos actualizados, que conviene revisar especialmente en Cataluña.
- Exenciones específicas: quedan exentas determinadas ayudas por daños personales derivadas de los incendios forestales del verano de 2025 y de la DANA.
Los detalles técnicos del modelo 100 se recogen en la Orden HAC/242/2026.
Deducciones que conviene no olvidar
Cada año muchos contribuyentes dejan de aplicar deducciones a las que tienen derecho. Revisa si te corresponden:
- Obras de mejora de la eficiencia energética de la vivienda (con distintos porcentajes según el tipo de obra y dentro de los plazos previstos).
- Vehículos eléctricos enchufables y puntos de recarga, para adquisiciones y pagos a cuenta dentro del plazo legal.
- Deducciones autonómicas: alquiler de vivienda habitual, nacimiento o adopción, gastos de guardería o donativos, que varían según la comunidad autónoma.
- Maternidad, familia numerosa y personas con discapacidad a cargo.
- Aportaciones a planes de pensiones, dentro de los límites vigentes.
Formas de pago
Se mantienen y amplían los canales de pago: domiciliación bancaria, tarjeta, transferencia y Bizum. Revisa los avisos preventivos que muestra Renta Web antes de presentar: este año se han reforzado para evitar errores que puedan derivar en una comprobación posterior o en la pérdida de una deducción.
Preguntas frecuentes sobre la Renta 2025
¿Cuándo termina el plazo de la Renta 2025? El 30 de junio de 2026. Si la declaración sale a ingresar y domicilias el pago, el plazo se adelanta al 25 de junio.
¿Qué pasa si presento la declaración fuera de plazo? Pueden aplicarse recargos, intereses de demora y, en su caso, sanciones. El recargo depende del tiempo de retraso y de si presentas de forma voluntaria o tras un requerimiento.
¿Los autónomos están siempre obligados a declarar? Sí. Quien haya estado de alta como autónomo en cualquier momento de 2025 debe presentar la declaración, sea cual sea su nivel de ingresos.
¿Puedo pagar la Renta en plazos? Sí. Con carácter general puedes fraccionar el pago en dos: el 60 % al presentar y el 40 % en noviembre, sin intereses.
Este artículo tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento fiscal. Cada situación personal puede presentar particularidades que conviene analizar individualmente, especialmente en lo relativo a deducciones autonómicas y a la obligación de declarar. En LEYNVER ayudamos a particulares y autónomos a revisar su declaración y a aprovechar todas las deducciones a las que tienen derecho. Si quieres asegurarte de presentarla correctamente antes del 30 de junio, contáctanos.

